Cobertura Sanitaria Universal: la igualdad en salud, entre promesas y realidades

Las buenas intenciones se estrellan a veces contra las posibilidades concretas de un presente con demasiadas urgencias por resolver. El análisis de Alejandro Risso Vázquez sobre las medidas oficiales que, todavía, siguen siendo una incógnita.

Cobertura Sanitaria Universal

En octubre de 2017 el presidente Macri anunció el lanzamiento de la Cobertura Sanitaria Universal en Argentina, algo que tiene un sólido fundamento en la Constitución de la Organización Mundial Salud (OMS) de 1948, en la que se declara que la salud es un derecho humano fundamental y se adquiere el compromiso de garantizar a todos los más altos niveles posibles de salud. Por ello la OMS apoya a los países para que desarrollen sistemas de salud que les permitan conseguir y sostener estos objetivos.

La Cobertura Sanitaria Universal (CSU) que define la OMS implica que todas las personas y comunidades reciban los servicios de salud que necesitan sin tener que pasar penurias financieras para pagarlos

Abarca toda la gama de servicios de salud esenciales de calidad, desde la promoción de la salud hasta la prevención, el tratamiento, la rehabilitación y los cuidados paliativos. La CSU permite a todos acceder a servicios que atienden las causas más importantes de las enfermedades y la muerte, y asegura que la calidad de esos servicios sea suficientemente buena para mejorar la salud de las personas que los reciben.

Proteger a las personas de las consecuencias financieras que puede tener el pago de los servicios de salud reduce el riesgo de que se empobrezcan como consecuencia de una enfermedad inesperada que exija la utilización de los ahorros de toda una vida, la venta de bienes o el recurso a préstamos, que pueden destruir su futuro y a menudo el de sus hijos.

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Lograr la CSU es una de las metas que se fijaron los países que adoptaron los Objetivos de Desarrollo Sostenible en 2015. Los países que progresan en el logro de la CSU también avanzarán hacia las demás metas relacionadas con la salud y los demás objetivos.

La buena salud no solo hace posible que los niños aprendan y los adultos se ganen la vida y la gente escapen de la pobreza, sino que también sienta las bases para el desarrollo económico a largo plazo

Teniendo en cuenta estas premisas debemos tener en cuenta que en la Argentina el derecho a la salud es un atributo que la ley ampara y reconoce en la Constitución Nacional sancionada en el año 1994, que en su artículo 31 establece: «Esta Constitución, las leyes de la Nación que en su consecuencia se dicten por el Congreso de la Nación y los Tratados con las potencias extranjeras son la Ley Suprema de la Nación…».

Y en su artículo 75 inciso 22 se confiere Jerarquía Constitucional a los Tratados Internacionales allí enumerados, entre ellos y en consonancia con el tema en tratamiento, se encuentran: La Declaración Americana de los Derechos del Hombre (arts. VII y XI); Declaración Universal de Derechos Humanos (arts. 3.º, 8.º y 25.º); Pacto Internacional sobre Derechos Económicos, Sociales y Culturales (art. 12); Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (art. 24.º); Convención Americana de Derechos Humanos (art. 4.º) y la Convención de los Derechos del Niño (arts. 6.º, 23.º, 24.º y 26.º), que conforme fuera dicho, tienen Jerarquía Constitucional Nacional y no pueden ser desconocidos por las Constituciones de las Provincias ni por las Reglamentaciones del poder Ejecutivo Nacional, Provincial o Municipal.

Por ello el presidente Mauricio Macri lanzó en octubre de 2017 la Cobertura Universal de Salud (CUS), que permitirá que alrededor de 15 millones de personas que carecen de obra social puedan recibir atención en el sistema público y acceder a descuentos en la compra de medicamentos con una credencial.

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La población cubierta por el sistema público de salud es la que presenta los peores indicadores epidemiológicos: la mortalidad materna e infantil es más elevada, hay mayor incidencia de complicaciones en enfermedades cardiovasculares, mayor gravedad en patologías metabólicas como obesidad y diabetes, mayor mortalidad por cáncer debido al retraso en el diagnóstico y el tratamiento y también mayor incidencia de infecciones.

Por ello, con el CUS además les confeccionarán una ficha médica personal y una historia clínica, y de esta manera se le garantizará una respuesta a todos los ciudadanos, porque, según refirió el presidente Macri en la presentación, "cuando uno siente que nadie se ocupa de su salud, siente que no se respeta su dignidad".

El CUS, entonces, es parte de un conjunto de reformas que fueron presentadas y que apuntan a asegurar un funcionamiento más equitativo, organizado y eficiente del sistema de salud

El anuncio del gobierno, hace un año, surge del reparto de una masa de 30 mil millones de pesos recaudados por el Fondo Solidario de Redistribución (FSR), que había sido retenido entre 2003 y mediados de 2016. Por ello se determina en el Decreto 908/2016 que ese dinero del FSR se distribuirá de la siguiente manera:

  • $4.500 millones para el apoyo financiero de las obras sociales.
  • $14.268 en bonos (Bonar 20) con amortización integral a su vencimiento, que permanecerán en custodia en el Banco Nación a nombre de la Superintendencia de Servicios de Salud.
  • 2.704 millones de pesos recaudados durante 2015 serán girados para el pago de prestaciones de alto costo que se adeudaba a las obras sociales.
  • $8.000 millones, por única vez, para la financiación de la “estrategia” de Cobertura Universal de Salud.

El Presidente aseguró que, con estas decisiones tomadas en materia de políticas de salud, "empieza un nuevo proceso histórico" para revertir "el severo problema de organización de un sistema inequitativo, fracturado y sin diálogo entre sus tres actores: el sistema público, las obras sociales y las prepagas".

La pregunta que surge de estos anuncios es si es posible desarrollar el CUS en base a la premisa de mayor equidad en un sistema de salud fragmentado. Y la respuesta inicial es No

¿Por qué? Porque esta subdivisión que tiene el sistema de Salud hace que, por ejemplo, el sistema de Obras Sociales y de prepagas tienen garantizado un paquete de prestaciones (el PMO) mientras que, los que tienen solo cobertura del subsector público u obra social provincial, no tienen asegurado ese beneficio. Esto trae como resultado una profunda inequidad ya que hay una salud “diferencial”.

Además en el anexo I del decreto 908/2016 se determina que los fondos serán usados para: identificación y nominalización de beneficiarios, mejoramiento de los determinantes sociales de salud; desarrollo, equipamiento y puesta en valor de efectores públicos de salud; fortalecimiento y modernización del sector público de salud; acciones de Atención Primaria de la Salud; desarrollo y optimización de las Redes Integradas de Servicios de Salud; mejoramiento de la calidad de los servicios de salud; fortalecimiento de los recursos humanos en salud; actividades de Promoción y Protección de la salud y medicina preventiva.

Cobertura Sanitaria Universal

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¿Cómo es posible aplicar fondos a ítems tan diversos? No se han brindado hasta el momento detalles de cómo se piensa implementar la CUS. El desembolso está dirigido a la “mejora” del Subsector Público nacional, provincial o municipal. El mismo sufre hoy un gran deterioro y atraso en la resolución de los problemas de prevención y asistencia de la salud de la población que cuenta solo con esta cobertura. El deterioro no es solo edilicio y de equipamiento, sino que existe una crisis muy profunda que trae aparejado un modelo de atención y gestión ineficaz e ineficiente tanto en los centros de salud como en los hospitales.

Los recursos humanos están desmotivados. Hay escasez de personal crítico como enfermería y médicos pediatras, terapistas intensivos y otros

De acuerdo a la Constitución, la salud es una facultad delegada a las provincias. Las mismas no son tenidas en cuenta en el decreto y los enunciados del anexo y no han sido consultadas sobre sus necesidades.

Además, se ha ido disminuyendo el financiamiento por parte del ministerio de Salud de la Nación hacia las provincias y municipios. El valor de las prestaciones del Sumar ha descendido en alrededor de un 30%, el programa Remediar, ahora “CUS medicamentos”, se ha visto reducido en la última entrega número de genéricos por botiquín y en cantidad de botiquines. También ha disminuido el envío de insumos del programa de Salud Sexual y Reproductiva.

¿Cómo puede ser sostenible un modelo de cobertura universal equitativo para 15 millones de argentinos sin cobertura con $533 por beneficiario por año y por única vez? La Argentina necesita iniciar un camino de reformas del sistema de salud que conduzcan a una verdadera equidad.

  • Alejandro Risso Vázquez. Coordinador Médico Terapia Intensiva Sanatorio Otamendi. Maestrando en Economía y Gestión de la Salud.
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