La ley sueca acaba de dar un vuelco a su ordenamiento penal con respecto a la violación. Ya no hace falta que sean actos violentos o intimidantes, tampoco que víctima demuestre haber estado en una situación vulnerable. A partir de ahora está prohibido tener relaciones sexuales con alguien que no haya dicho explícitamente que sí o que demuestre activamente que desea participar.
- Sólo sí es sí: es la consigna que resume el nuevo modelo penal y que pone a Suecia, junto a otros nueve países europeos, a la vanguardia de la legislación feminista en términos sexuales. Una buena parte de la sociedad no cree que haya que sufrir una situación de peligro, sino que una relación, para ser válida, deberá implicar un consentimiento activo y entusiasta por las dos (o más) partes del acto sexual. El consentimiento, frente a la resistencia, ha sido el pilar de la teoría feminista.
- #MeToo: en el país nórdico, al igual que en España y Estados Unidos, se ha producido un intenso debate acerca de la violencia sexual vivida por las mujeres y silenciada hasta ahora. En una carta conjunta que fue publicada a diversos medios 600 actrices suecas detallaron los casos de acoso sexual sufridos durante años en la industria cinematográfica y teatral de su país. Estas filtraciones y otros debates son lo que han movido definitivamente a la opinión pública para demandar un ordenamiento jurídico más actualizado acerca de lo que es una violación.
- En la práctica, y para poder culpar a un agresor que se haya propasado, habrá que evaluar si el consentimiento “se expresó con palabras, hechos o de otro modo”. Es decir, que en muchos casos será la palabra de la víctima contra la del acusado. Pero ojo, según el Primer Ministro Sueco Stefan Löfven, la secretaria general del Colegio de Abogados de Suecia Anne Ramberg y el documento oficial de la ley redactado por el Consejo de Legislación nacional, la ley sigue siendo garantista: se mantendrá la presunción de inocencia del acusado. No se invierte la carga de prueba y siempre habrá que demostrar que se ha cometido un delito.
- Violación negligente: es la nueva figura que se incluye, el nuevo tipo legal. Como hasta ahora, si los tribunales pueden demostrar que el acusado quiso violar será condenado por violación. Pero si las circunstancias del encuentro sexual “eran tales que el autor debió haber entendido que no había consentimiento” y aun así no paró, si el agresor no se preocupó por saber si la otra persona estaba participando de forma activa o entusiasta y simplemente se estaba dejando, le caerán cuatro años.
- Penas más leves: comparadas con la legislación española, uno de los códigos penales más punitivos de Europa, las penas por violación son más bajas en Suecia. Agresión sexual 15 años, abuso sexual, 10 años.
- Educación sexual: de nada sirve cambiar el código penal si uno de cada tres hombres europeos sigue considerando que “en algunas circunstancias”, como que la mujer vaya borracha o haya entrado en la casa de un hombre, está justificado el acto sexual realizado sin el consentimiento de la otra persona. Al nuevo marco legal el país nórdico le sumará un programa educativo para jóvenes.
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